JUEVES, 1 de diciembre 2016.-El Gobierno nacional presentó un proyecto de ley para determinar los feriados del año 2017. Según el esquema oficial, serán 16 y se eliminan los llamados «feriados puente» que perseguían un fin turístico. Habrá un día no laborable, que es el jueves Santo, según establece la iniciativa, que lleva la firma el ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda, Rogelio Frigerio.
Actualmente, los feriados están regidos por un decreto, el 1.584/2010, firmado por la ex presidenta Cristina Kirchner, en acuerdo general de ministros. Dicho régimen fue concebido con la finalidad de aumentar la actividad turística y agregó dos feriados con fines turísticos por año; en 2016, fueron el 8 de julio y el 9 de diciembre.
Sin embargo, para el actual Poder Ejecutivo, no se observa que el régimen vigente haya cumplido con las expectativas esperadas en términos de incrementar el turismo interno, y en cambio ha generado a pequeños y medianos productores y comerciantes perdidas económicas significativas. Esto sumado al compromiso con la educación pública y el cumplimiento de los 180 días de clases, según señalaron las fuentes oficiales.
Ahora, el proyecto de ley enviado este miércoles al Parlamento, propone eliminar los feriados creados solamente con fines turísticos (los dos por año que permite el artículo 3ro del decreto que hoy rige) y traslada todos los feriados nacionales «movibles» (cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles) al lunes anterior.
Y los que sean jueves o viernes, se pasan al día lunes siguiente (excepto los que son inamovibles). En términos remunerativos, estos feriados tendrán los mismos derechos que establece la legislación actual.
Por la relevancia que implican los feriados, el Gobierno Nacional se comprometerá a realizar campañas de bien público a fines de concientizar sobre el valor histórico de cada celebración. Por eso, los feriados propuestos en el nuevo esquema tienen una razón histórico/religiosa para el Ejecutivo y por eso, no figurarán más los “feriado puente turístico”.
El proyecto también detalla los días no laborables para la comunidad judía y musulmana. Y establece que los trabajadores que no presten servicios en las festividades religiosas mencionadas, tendrán la remuneración y los mismos derechos que si hubieran prestado.
Todos los feriados previstos para el 2017:
Domingo 1° de enero: Año Nuevo
Lunes 27 de febrero y martes 28 de febrero: feriados de carnaval
Viernes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
Domingo 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Jueves 13 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
Viernes 14 de abril: Viernes Santo
Lunes 1° de mayo: Día del Trabajador
Jueves 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
Sábado 17 de junio: Paso a la inmortalidad del General Martín de Güemes
Martes 20 de junio: Día de la Bandera // Paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano
Domingo 9 de julio: Día de la Independencia
Jueves 17 de agosto : Paso a la Inmortalidad del General San Martín
Jueves 12 de octubre : Día del Respeto por la Diversidad Cultural
Lunes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
Viernes 8 de diciembre: Día de la Virgen
Lunes 25 de diciembre: Navidad
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